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por en Enfermería Comunitaria

Existen múltiples técnicas educativas para realizar Educación Para la Salud, entre ellas, la técnica de las 9 cuestiones, que se caracteriza por:

  1. Es una técnica de desarrollo de habilidades.
  2. Se plantea la elaboración de un plan de acción comunitaria en grupos grandes.
  3. Genera nuevas visiones, perspectivas y estrategias de afrontamiento de problemas.
  4. Es una técnica de análisis a través de 9 preguntas: ¿qué?, ¿por qué?, ¿para qué?, ¿para quién?, ¿dónde?, ¿cómo?, ¿cuándo?, ¿con qué? y ¿cuánto?.

Respuesta del ministerio: 1

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El tribunal calificador ha dado por correcta la opción primera en esta pregunta. Sin embargo, se solicita la revisión de dicha pregunta por varios fallos encontrados:

En primer lugar, la técnica de las 9 cuestiones no es una técnica educativa para realizar Educación para la Salud. Es una técnica para la planificación y el desarrollo de proyectos a nivel de gestión y planificación. En concreto, forma parte de la construcción de propuestas de forma participativa. La técnica de las nueve cuestiones forma parte de la Programación de Acciones Integrales y Sustentables (PAIS) y sirve para planificar y para diseñar intervenciones.

Metodologías Participativas. Manual. Observatorio Internacional de Ciudadanía y Medio Ambiente Sostenible (CIMAS). Disponible en: https://www.redcimas.org/wordpress/wp-content/uploads/2012/09/manual_2010.pdf

Es correcto que el Ministerio de Sanidad, en su documento "Orientaciones didácticas para la acción comunitaria" especifica que la técnica de las nueve cuestiones es una técnica educativa, en concreto de desarrollo de habilidades. Sin embargo, la calidad de la evidencia científica de dicha afirmación es cuestionable, dado que en ese mismo documento se recoge lo siguiente: "Las técnicas educativas que se recogen provienen de la experiencia propia y compartida durante años en el ámbito docente. Muchas son ampliamente difundidas y aparecen en diversos textos de dinámicas grupales. Otras han sido sugeridas por algunas de las personas revisoras de esta guía didáctica."

Pérez Alonso E. Cofiño Fernández R. García Blanco D. Hernán García M. Orientaciones didácticas para la Acción Comunitaria. Ministerio de Sanidad. Disponible en: https://www.sanidad.gob.es/areas/promocionPrevencion/entornosSaludables/saludComunitaria/documentosTecnicos/docs/OrientacionesDidacticas_AccionComunitaria.pdf

Al tratarse, por tanto, de una pregunta basada en un documento que se considera así mismo una guía didáctica sin más evidencia científica que lo sustente más que "han sido sugeridas por algunos revisores". Sería necesario realizar un estudio científico de validación de dicha técnica como educativa para la salud, y de serlo, podría ser mucho más beneficioso como técnica de investigación en aula o técnica de análisis, ya que al plantearse esas nueve preguntas se fomenta una reflexión pero en ningún caso se está practicando ninguna habilidad concreta. Es más, en el mismo documento, al explicar dicha técnica se explica que sirve "para la planificación y el diseño de planes de acción y procesos participativos" y no explica qué habilidades se desarrollan, como así se hace en la técnica de "ponderación por puntos" en la que se explica que fomenta el desarrollo de habilidades de priorización.

Aunque el Tribunal Calificador considere que no está mal planteada la pregunta en su enunciado y que no procede su impugnación por dicho motivo, sí que cabe solicitar la impugnación por otro motivo.

Y es que, aun considerando que es válido hacer una pregunta en un examen de formación sanitaria especializada en base a un documento que admite que la inclusión de determinadas técnicas de Educación para la Salud se ha hecho en base a "sugerencias", existen dos opciones correctas: la 1 y la 4.

Ese mismo documento plantea que las nueve cuestiones son las siguientes: ¿qué? (responde a la naturaleza del proyecto), ¿por qué? (fundamentación), ¿para qué? (objetivos), ¿para quién? (destinatarios), ¿dónde? (localización), ¿cómo? (metodología de acciones y de evaluación), ¿cuándo? (calendario), ¿con qué? (recursos materiales, económicos, humanos...), y ¿cuánto? (presupuesto).

Esto daría también por correcta la opción número 4.

Por ambos dos motivos, se solicita formalmente al Ministerio de Sanidad, y en concreto al Tribunal Calificador del ejercicio del EIR que se impugne dicha pregunta.

Álvaro Orihuel Pérez-Klett

Profesor de Enfermería Comunitaria.

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El tribunal calificador ha dado por correcta la opción primera en esta pregunta. Sin embargo, se solicita la revisión de dicha pregunta por varios fallos encontrados:

En primer lugar, la técnica de las 9 cuestiones no es una técnica educativa para realizar Educación para la Salud. Es una técnica para la planificación y el desarrollo de proyectos a nivel de gestión y planificación. En concreto, forma parte de la construcción de propuestas de forma participativa. La técnica de las nueve cuestiones forma parte de la Programación de Acciones Integrales y Sustentables (PAIS) y sirve para planificar y para diseñar intervenciones.

Metodologías Participativas. Manual. Observatorio Internacional de Ciudadanía y Medio Ambiente Sostenible (CIMAS). Disponible en: https://www.redcimas.org/wordpress/wp-content/uploads/2012/09/manual_2010.pdf

Es correcto que el Ministerio de Sanidad, en su documento "Orientaciones didácticas para la acción comunitaria" especifica que la técnica de las nueve cuestiones es una técnica educativa, en concreto de desarrollo de habilidades. Sin embargo, la calidad de la evidencia científica de dicha afirmación es cuestionable, dado que en ese mismo documento se recoge lo siguiente: "Las técnicas educativas que se recogen provienen de la experiencia propia y compartida durante años en el ámbito docente. Muchas son ampliamente difundidas y aparecen en diversos textos de dinámicas grupales. Otras han sido sugeridas por algunas de las personas revisoras de esta guía didáctica."

Pérez Alonso E. Cofiño Fernández R. García Blanco D. Hernán García M. Orientaciones didácticas para la Acción Comunitaria. Ministerio de Sanidad. Disponible en: https://www.sanidad.gob.es/areas/promocionPrevencion/entornosSaludables/saludComunitaria/documentosTecnicos/docs/OrientacionesDidacticas_AccionComunitaria.pdf

Al tratarse, por tanto, de una pregunta basada en un documento que se considera así mismo una guía didáctica sin más evidencia científica que lo sustente más que "han sido sugeridas por algunos revisores". Sería necesario realizar un estudio científico de validación de dicha técnica como educativa para la salud, y de serlo, podría ser mucho más beneficioso como técnica de investigación en aula o técnica de análisis, ya que al plantearse esas nueve preguntas se fomenta una reflexión pero en ningún caso se está practicando ninguna habilidad concreta. Es más, en el mismo documento, al explicar dicha técnica se explica que sirve "para la planificación y el diseño de planes de acción y procesos participativos" y no explica qué habilidades se desarrollan, como así se hace en la técnica de "ponderación por puntos" en la que se explica que fomenta el desarrollo de habilidades de priorización.

Aunque el Tribunal Calificador considere que no está mal planteada la pregunta en su enunciado y que no procede su impugnación por dicho motivo, sí que cabe solicitar la impugnación por otro motivo.

Y es que, aun considerando que es válido hacer una pregunta en un examen de formación sanitaria especializada en base a un documento que admite que la inclusión de determinadas técnicas de Educación para la Salud se ha hecho en base a "sugerencias", existen dos opciones correctas: la 1 y la 4.

Ese mismo documento plantea que las nueve cuestiones son las siguientes: ¿qué? (responde a la naturaleza del proyecto), ¿por qué? (fundamentación), ¿para qué? (objetivos), ¿para quién? (destinatarios), ¿dónde? (localización), ¿cómo? (metodología de acciones y de evaluación), ¿cuándo? (calendario), ¿con qué? (recursos materiales, económicos, humanos...), y ¿cuánto? (presupuesto).

Esto daría también por correcta la opción número 4.

Por ambos dos motivos, se solicita formalmente al Ministerio de Sanidad, y en concreto al Tribunal Calificador del ejercicio del EIR que se impugne dicha pregunta.

Álvaro Orihuel Pérez-Klett

Profesor de Enfermería Comunitaria.

por
Pero la 1 entonces no es, no? se podría pedir cambio de respuesta a la 4?? no anularla? Gracias!
por
Yasmina, sí sería correcta en base a ese documento. Ambas dos opciones son correctas, lo que la hace impugnable.
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No entiendo por qué se da por válida la 1, realmente es de desarrollo de habilidades?
por
yo tampoco lo entiendo, la bibliografía que encuentro indica que es una técnica de planificación

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